RGPD y LOPD

LOPD se refiere a la Ley Orgánica de Protección de Datos, una ley española aprobada en 1999.

RGPD se refiere al Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, aprobado en 2016 y de aplicación en todos los estados miembros.

La LOPD solo se aplicaba en España. El RGPD tiene aplicación en todo el mundo, siempre que los datos que se protejan pertenezcan a personas residentes en la Unión Europea.

La LOPD contemplaba cuatro derechos: Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, los llamados derechos ARCO. El RGPD añade a la lista dos: Limitación y Portabilidad

En el consentimiento radica la principal diferencia. EN el RGPD el consentimiento debe ser explícito y positivo, es decir, no basta con informar al usuario, debe aceptarse explícitamente con una acción propia, haciendo click en una casilla, firmando o marcando una checkbox.

El nuevo reglamento RGPD endurece las sanciones por la vulneración de la protección de datos personales. El RGPD castiga los casos más graves con multas que pueden llegar a los 20 millones de euros o el 4% de la facturación de la empresa infractora

La propia AGPD ha preparado una herramienta para las pymes (Se recomienda revidar el resultado con un experto, cada pyme tiene sus propias características..)

ver https://www.aepd.es/es/guias-y-herramientas/herramientas/facilita-rgpd

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